Resolución de Póliza

Derecho de resolución del contrato de seguro

 Se comunica a todos nuestros Asegurados que, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 4143-2019, se han realizado cambios en la Solicitud-Certificado (Sección Información Adicional) de los siguientes seguros:

Código SBSNombre del SeguroComercializadorPóliza
1VI2088100036Seguro de SepelioBanco de la Nación72070868
2RG2084100084Seguro de Tarjeta ProtegidaBanco Scotiabank4101190101
3RG2084100084Seguro Full Protección de TarjetaCencosud4220220112
4RG2084100084Seguro de Tarjeta ProtegidaCrediscotia4119190104
5RG2084100084Seguro Full Protección de IndependienteCrediscotia4119190106
6VI2087200086Seguro CrediVida MásCrediscotia7219200105
7VI2087200061Seguro MúltipleFinanciera Confianza5934150119
8AE2086100085Seguro Contra accidentesCrediscotia6119210197
9VI2087400091Desgravamen Préstamos Personales con DevoluciónCrediscotia74192201116  74192301132
10AE2086400087Vida Oncológico PlusCrediscotia64192101106
11VI2087200086Seguro Total MaxCrediscotia7219210198
12VI2087200061Seguro Multiseguro CáliddaCálidda72482101108
13AE2086400087Seguro Oncológico PlusBanco Scotiabank64012101104
14VI2087200086Seguro Total MaxBanco Scotiabank7201210107
15RG2085900082Robo y Asalto Cuota Protegida DependientesCrediscotia5919190136

Dice:

El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro, mediante un previo aviso de treinta (30) días calendarios a la Compañía. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro

Debe decir:

El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro. La resolución operará de manera automática desde que la Compañía reciba el aviso”.

Para consultas sobre su seguro o sobre siniestros usted puede llamar a nuestra línea central telefónica Cardif 01- 6155700 que gustosamente será atendido.

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Call Center 615-5700

Lunes a Viernes 8 a.m. a 8 p.m. Sábados 8 a.m. a 12 p.m

Email : servicioalcliente@cardif.com.pe

Nuestra Oficina: Av. Canaval y Moreyra 380, Piso 10, oficina 1002  – San Isidro, Lunes a Viernes de 9 a.m. a 12:30 p.m. y de 2 p.m. a 6 p.m.

REQUERIMIENTO Y RECLAMO

Si necesitas orientación sobre los procedimientos de atención de requerimientos y reclamos debes acceder a los links adjuntos.

INDEMNIZACIONES POR SINIESTROS

Conoce los listados de indemnnizaciones pendientes y siniestros rechazados.

INFORMACIONES ÚTILES

Hemos reunido informaciones útiles para ayudarte.