Información Importante sobre Resolución de Pólizas

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Información Importante sobre Resolución de Pólizas

 Se comunica a todos nuestros Asegurados que, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 4143-2019, se han realizado cambios en la Solicitud-Certificado (Sección Información Adicional) de los siguientes seguros:

n°   Código SBS     Nombre del Seguro           Comercializador     Póliza    
1VI2088100036Seguro de Sepelio Banco de la Nación  72070868
2RG2084100084Seguro de Tarjeta ProtegidaBanco Scotiabank4101190101
3RG2084100084Seguro Full Protección de TarjetaCencosud4220220112
4RG2084100084Seguro de Tarjeta ProtegidaCrediscotia4119190104
5RG2084100084Seguro Full Protección de IndependienteCrediscotia4119190106
6RG2084100084Seguro CrediVida MasCrediscotia7219200105
7VI2087200061Seguro MúltipleFinanciera Confianza5934150119

Dice:

“El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro, mediante un previo aviso de treinta (30) días calendarios a la Compañía. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro”

Debe decir:

“El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro. La resolución operará de manera automática desde que la Compañía reciba el aviso”.

Para consultas sobre su seguro o sobre siniestros usted puede llamar a nuestra línea central telefónica Cardif 01- 6155700 que gustosamente será atendido.

Seguros: “Salir Seguro” y “Asistencia Dental” del Banco BBVA 

Si usted contrató el seguro “Salir Seguro” o “Accidental – Asistencia Dental” a través del banco BBVA, le informamos que con fecha noviembre 2020            comunicamos la resolución de la póliza grupal de los referidos seguros al amparo de lo dispuesto en el artículo 50° de la Ley N° 29946, Ley del                    Contrato de Seguro y del inciso 13.6 del artículo 13 “Resolución del Contrato de Seguro” de las Condiciones Generales de la póliza, cuyo efecto entró          en vigencia a partir del 01 de marzo del 2021.

En ese sentido, se pone a disposición la relación de clientes. Asimismo, en caso requiera mayor información, puede comunicarse al 615-5719 Opción            2 o al correo electrónico servicioalcliente@cardif.com.pe

Contáctanos

Call Center 615-5700

Lunes a Viernes 8 a.m. a 8 p.m. Sábados 8 a.m. a 12 p.m

Email : servicioalcliente@cardif.com.pe

Nuestra Oficina: Av. Canaval y Moreyra 380, Piso 10, oficina 1002  – San Isidro, Lunes a Viernes de 9 a.m. a 12:30 p.m. y de 2 p.m. a 6 p.m.

REQUERIMIENTO Y RECLAMO

Si necesitas orientación sobre los procedimientos de atención de requerimientos y reclamos debes acceder a los links adjuntos.

INDEMNIZACIONES POR SINIESTROS

Conoce los listados de indemnnizaciones pendientes y siniestros rechazados.

INFORMACIONES ÚTILES

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