Se comunica a todos nuestros Asegurados que, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 4143-2019, se han realizado cambios en la Solicitud-Certificado (Sección Información Adicional) de los siguientes seguros:
n° | Código SBS | Nombre del Seguro | Comercializador | Póliza |
1 | VI2088100036 | Seguro de Sepelio | Banco de la Nación | 72070868 |
2 | RG2084100084 | Seguro de Tarjeta Protegida | Banco Scotiabank | 4101190101 |
3 | RG2084100084 | Seguro Full Protección de Tarjeta | Cencosud | 4220220112 |
4 | RG2084100084 | Seguro de Tarjeta Protegida | Crediscotia | 4119190104 |
5 | RG2084100084 | Seguro Full Protección de Independiente | Crediscotia | 4119190106 |
6 | RG2084100084 | Seguro CrediVida Mas | Crediscotia | 7219200105 |
7 | VI2087200061 | Seguro Múltiple | Financiera Confianza | 5934150119 |
Dice:
“El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro, mediante un previo aviso de treinta (30) días calendarios a la Compañía. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro”
Debe decir:
“El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro. La resolución operará de manera automática desde que la Compañía reciba el aviso”.
Para consultas sobre su seguro o sobre siniestros usted puede llamar a nuestra línea central telefónica Cardif 01- 6155700 que gustosamente será atendido.
Seguros: "Salir Seguro" y "Asistencia Dental" del Banco BBVA
Si usted contrató el seguro “Salir Seguro” o “Accidental - Asistencia Dental” a través del banco BBVA, le informamos que con fecha noviembre 2020 comunicamos la resolución de la póliza grupal de los referidos seguros al amparo de lo dispuesto en el artículo 50° de la Ley N° 29946, Ley del Contrato de Seguro y del inciso 13.6 del artículo 13 “Resolución del Contrato de Seguro” de las Condiciones Generales de la póliza, cuyo efecto entró en vigencia a partir del 01 de marzo del 2021.
En ese sentido, se pone a disposición la relación de clientes. Asimismo, en caso requiera mayor información, puede comunicarse al 615-5719 Opción 2 o al correo electrónico servicioalcliente@cardif.com.pe