Se comunica a todos nuestros Asegurados que, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 4143-2019, se han realizado cambios en la Solicitud-Certificado (Sección Información Adicional) de los siguientes seguros:

 
n°    Código SBS      Nombre del Seguro            Comercializador      Póliza    
1 VI2088100036 Seguro de Sepelio  Banco de la Nación   72070868
2 RG2084100084 Seguro de Tarjeta Protegida Banco Scotiabank 4101190101
3 RG2084100084 Seguro Full Protección de Tarjeta Cencosud 4220220112
4 RG2084100084 Seguro de Tarjeta Protegida Crediscotia 4119190104
5 RG2084100084 Seguro Full Protección de Independiente Crediscotia 4119190106
6 RG2084100084 Seguro CrediVida Mas Crediscotia 7219200105
7 VI2087200061 Seguro Múltiple Financiera Confianza 5934150119

 

Dice:

“El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro, mediante un previo aviso de treinta (30) días calendarios a la Compañía. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro”

 

Debe decir:

“El Asegurado podrá de forma voluntaria y sin expresión de causa resolver el seguro. El aviso podrá efectuarse a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la celebración del seguro. La resolución operará de manera automática desde que la Compañía reciba el aviso”.

 

Para consultas sobre su seguro o sobre siniestros usted puede llamar a nuestra línea central telefónica Cardif 01- 6155700 que gustosamente será atendido.

 

Seguros: "Salir Seguro" y "Asistencia Dental" del Banco BBVA 

Si usted contrató el seguro “Salir Seguro” o “Accidental - Asistencia Dental” a través del banco BBVA, le informamos que con fecha noviembre 2020            comunicamos la resolución de la póliza grupal de los referidos seguros al amparo de lo dispuesto en el artículo 50° de la Ley N° 29946, Ley del                    Contrato de Seguro y del inciso 13.6 del artículo 13 “Resolución del Contrato de Seguro” de las Condiciones Generales de la póliza, cuyo efecto entró          en vigencia a partir del 01 de marzo del 2021.

En ese sentido, se pone a disposición la relación de clientes. Asimismo, en caso requiera mayor información, puede comunicarse al 615-5719 Opción            2 o al correo electrónico servicioalcliente@cardif.com.pe